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Preguntas comunes sobre la situación en que hay una Orden de protección personal en su contra

Estas son preguntas comunes sobre la situación en que hay una Orden de protección personal (Personal Protection Order, o PPO) en su contra.

Preguntas sobre qué significa tener una PPO en su contra

¿Una violación de una PPO es lo mismo que un cargo penal?

No. Una PPO es una orden de la corte en un caso civil. Una violación de una PPO es “desacato de la corte” que no es lo mismo que un cargo penal. Sin embargo, es posible que el maltratador tenga que ir a la cárcel por violar una PPO.

Una violación de una PPO puede además ser un delito (como por ejemplo agresión). En ese caso, es posible que el maltratador sea acusado de violar una PPO y de un delito por el mismo evento. 

¿Por qué me debe importar si alguien tiene una orden de protección personal en mi contra?

Tener una Orden de protección personal (Personal Protection Order, o PPO) en su contra puede ser serio. Un caso de PPO no es un caso penal, ni le da un antecedente penal, pero puede afectar su libertad. Estas son solo algunas de las posibles consecuencias de tener una PPO en su contra:

  • La PPO se registra en la Red de Información del Orden Público (Law Enforcement Information Network, o LEIN) y forma parte de los registros públicos;
  • Le puede prohibir:
    • Aparecer en determinados lugares, incluyendo a su propia casa
    • Comunicarse con la parte recurrente y otras personas nombradas en la orden, incluyendo sus hijos
    • Tener un arma de fuego (aunque su trabajo requiera que tenga un arma)
  • Lo pueden arrestar sin una orden de arresto por presuntamente violar una PPO;
  • Le pueden acusar de desacato de la corte por presuntamente violar una PPO;
  • Posibles multas y tiempo en la cárcel por violar la PPO;
  • Puede ser un factor en un caso de divorcio o de custodia de los hijos.
Si el otro padre tiene una PPO en mi contra, ¿cambiará mi horario de crianza?

Si el otro padre de su hijo tiene una PPO en su contra, todavía puede tener su horario de crianza ordenada por la corte a menos que el juez cambie la orden de horario de crianza o la PPO le prohíba ver o tener contacto con su hijo.

La PPO puede ordenarle a no tener contacto o comunicarse con el otro padre. Puede decir que usted no puede hacer alguna o todas las siguientes cosas:

  • Hablar por teléfono o en persona con el otro padre
  • Enviarle un mensaje de texto
  • Enviarle un e-mail
  • Enviarle cartas

Si la PPO dice que usted no se puede comunicar con el otro padre de su hijo, usted no puede tener ningún tipo de contacto con el otro padre por ninguna razón. Esto incluye hablar sobre el horario de crianza. Si lo hace, el juez podría ordenarle a pagar una multa o enviarlo a la cárcel, incluso si el otro padre se comunicó con usted primero.

Si la PPO dice que usted no se puede comunicar con el otro padre, es posible que le convenga a usted o al otro padre pedirle a un tercero que les ayude a coordinar el horario de crianza. Debería ser una persona neutral que no esté involucrada en el conflicto entre usted y el otro padre de su hijo. Para obedecer la PPO, cualquier cosa que tenga que preguntarle o decirle al otro padre tiene que ser a través del tercero. Por ejemplo, si está atrasado y llegará tarde para recoger a su hijo para el horario de crianza, debe llamar al tercero. El tercero puede informárselo al otro padre. Si la PPO dice que usted no puede ir a la casa del otro padre o donde el otro padre lo pueda ver, es posible que necesite que un tercero recoja y deje al hijo para el horario de crianza.

Si no tiene a nadie que le pueda ayudar de esta manera, es posible que el Amigo de la corte pueda sugerir otros recursos. Para encontrar el número de teléfono del Amigo de la corte en su condado vaya a Cortes y Agencias de este sitio web.

Preguntas sobre pedirle a la corte que cambie o dé por terminado una PPO

¿Qué pasa si quiero que el juez cambie o dé por terminada una PPO?

Tanto la parte recurrente como la contraparte en un caso de PPO pueden pedirle al juez que cambie o dé por terminada la PPO. Para preparar su moción, use la herramienta Hágalo usted mismo: Moción para modificar, prolongar o dar por terminada una orden de protección personal (PPO). Para obtener instrucciones sobre cómo presentar una moción y qué hacer después, vaya al paquete de herramientas Necesito cambiar o dar por terminada mi orden de protección personal y lee la lista de verificación. 

¿Hay algo que pueda hacer sobre la PPO?

Como ser la contraparte en un caso de PPO puede ser dañino, es posible que le convenga hablar con un abogado. Si necesita un abogado y tiene bajos ingresos es posible que sea elegible para recibir ayuda legal gratis. Puede usar la Guía para ayuda legal para buscar ayuda legal en su zona. Lamentablemente, esta herramienta solo está disponible en inglés. Esperamos tener una versión en español disponible pronto.

También puede presentar una moción para pedirle a la corte que modifique (cambie) o dé por terminada (cancele) la PPO. Para hacerlo puede usar la herramienta Hágalo usted mismo: Moción para modificar, prolongar o dar por terminada una orden de protección personal (PPO). El formulario resultante le pidirá a la corte que:

  • Modifique los términos de una PPO,
  • Prolongue la fecha de vencimiento de una PPO o
  • Dé por terminada una PPO antes de que venza

Puede usar este formulario si es la parte recurrente o la contraparte.

Presente su moción en la corte que emitió la PPO. Habrá una audiencia de la corte en la cual usted y la parte recurrente tendrán la oportunidad de contar su versión de los hechos. En la audiencia el juez decidirá si la PPO seguirá vigente, se cambiará o se dará por terminada.

¿Cuánto tiempo tengo para pedirle a la corte que cambie o dé por terminada la PPO?

Sólo tiene 14 días después de que se entera sobre una PPO ex parte para presentar una moción para cambiarla o darla por terminada la orden. Una PPO ex parte es una orden que firma el juez sin tener una audiencia. Significa que el juez decidió emitir la PPO basándose solo en lo que dijo la parte recurrente en la petición.

Enterarse de una PPO ex parte no significa que recibió la entrega legal debida de los papeles. Empieza a correr el plazo de 14 días una vez que sabe que existe la PPO.

Si no presenta su moción en dentro de los 14 días de enterarse de una PPO ex parte en su contra, tiene que mostrar motivo justificado para que la corte considere su moción para cambiar o dar por terminada la PPO. Motivo justificado significa que tiene una razón válida por no presentar su moción antes. Si el juez no cree que tiene motivo justificado, denegará su moción.

Si presenta su moción antes de la fecha límite habrá una audiencia dentro de los 14 días. Si usted es un agente del orden público y la PPO le prohíbe tener un arma de fuego, la audiencia se tiene que hacer dentro de los cinco días. Tiene que hacer arreglos para que la parte recurrente reciba la entrega legal de su moción y aviso de audiencia por lo menos 7 días antes de la audiencia.

¿Qué debo incluir en mi moción para cambiar o dar por terminada la PPO?

Dígale al juez si desea que la PPO se dé por terminada o se cambie. Si desea que se cambie, explique qué partes de la PPO desea cambiar. Dígale al juez por qué quiere cambiar o dar por terminada la PPO. Si cree que la parte recurrente hizo alegaciones falsas en su petición, dígaselo al juez. También debe contarle al juez sobre cualquier prueba que tenga (testigos, documentos, e-mails, mensajes de texto, etc.) que respalde su moción. Si tiene pruebas físicas puede adjuntar copias a su moción.

¿Tengo que pagar una cuota para presentar una moción para cambiar o dar por terminada una PPO?

No. No tiene que pagar ninguna cuota para presentar una moción para cambiar o dar por terminada una Orden de protección personal.