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Preguntas comunes sobre cambiar o dar por terminado Órdenes de protección personal

Estas son preguntas comunes sobre cambiar o dar por terminado Órdenes de protección personal (Personal Protection Orders, o PPOs). 

Preguntas comunes

¿Qué pasa si quiero que el juez cambie o dé por terminada una PPO?

Tanto la parte recurrente como la contraparte en un caso de PPO pueden pedirle al juez que cambie o dé por terminada la PPO. Para preparar su moción, use la herramienta Hágalo usted mismo: Moción para modificar, prolongar o dar por terminada una orden de protección personal (PPO). Para obtener instrucciones sobre cómo presentar una moción y qué hacer después, vaya al paquete de herramientas Necesito cambiar o dar por terminada mi orden de protección personal y lee la lista de verificación. 

¿Por qué razones podría querer que el juez cambie mi PPO?

Si la PPO tiene una protección que ya no desea tener, puede pedirle al juez que la elimine de la orden. Si hay una protección que no está en la PPO y desea agregarla ahora, puede pedirle al juez que lo haga.

Quizás haya cambiado su situación desde que obtuvo su PPO. Quizás la contraparte haya empezado a hacerle algo que no hacía antes y que no está en la PPO. Quizás cambiara los arreglos del horario de crianza y quiere poder hablar con la contraparte sobre sus hijos o permitirle a la contraparte recoger y dejar a los hijos en su casa.

O, quizás haya decidido que quiere que se dé por terminada la PPO. Recuerde, aunque usted acepte la conducta, la contraparte todavía puede ser arrestado y acusado de desacato de la corte por violar la PPO. Por eso es importante informarle al juez si cambió su situación y cómo desea cambiar su PPO. Solo el juez puede cambiar o dar por terminada la PPO.

Piénselo bien antes de pedirle al juez que cambie o dé por terminada su PPO. Si no, podría tener que presentar otras mociones en el futuro.

¿Tengo que pagar una cuota para presentar una moción para cambiar o dar por terminada una PPO?

No. No tiene que pagar ninguna cuota para presentar una moción para cambiar o dar por terminada una Orden de protección personal.

¿Qué debería incluir en la moción para modificar o dar por terminada mi PPO?

Debería decirle al juez si desea cambiar o dar por terminada la PPO. Si quiere cambiarla, explíquele qué partes de la PPO desea cambiar. También debe decirle al juez por qué desea cambiar o dar por terminada la PPO. El juez querrá verificar que la contraparte no lo está presionando para que pida el cambio.

Si usted es menor de 18 años de edad y no está emancipado, necesita que un “representante” (next friend) presente la moción en su nombre. Un “representante” es un adulto en quien confíe, en general uno de sus padres u otro familiar. Ponga el nombre de su “representante” en su moción.

¿Qué pasa después de que obtengo los formularios?

Después de llenar e imprimir sus formularios, lea la Lista de verificación en el paquete de herramientas Necesito cambiar o dar por terminada mi orden de protección personal existente para averiguar lo que debe hacer luego. Para obtener más información sobre lo que puede pasar en la corte, vea el video Ir a la corte.

Quiero tener mi PPO, pero no quiero que el maltratador se meta en problemas. ¿Puedo tener una PPO sin hacerla cumplir?

Hacer cumplir su PPO es muy importante para su seguridad. No debería aceptar conducta que viole su PPO, como permitir que el maltratador entre a su casa si la PPO lo prohíbe. El maltratador puede ser arrestado por conducta que viole su PPO aunque usted haya estado de acuerdo. Si quiere cambiar o dar por terminada su PPO antes de que venza, tiene que volver a la corte y pedirle al juez que cambie o dé por terminada su PPO.

¿Qué puede prohibir una PPO?

Puede pedir protecciones específicas cuando presente su petición de PPO, pero el juez decidirá las conductas que serán prohibidas por su PPO. Las protecciones específicas en su PPO dependen del tipo de PPO que tenga y las protecciones que necesite.

En general, una PPO puede prohibir que el maltratador haga cosas como:

  • Ir a su casa

  • Amenazarlo

  • Lesionarlo

  • Ir a su trabajo o escuela

  • Seguirlo

  • Hablarle por teléfono o enviarle mensajes de texto

  • Enviarle e-mail

  • Hacer que se le entreguen cosas

¿Puedo obtener custodia temporal de mis hijos como parte de mi PPO?

No. No se puede usar una PPO para determinar la custodia de los hijos. En algunas situaciones su PPO puede limitar o prohibir el contacto entre el maltratador y sus hijos. El juez puede incluir esto en la orden si cree que es importante para proteger su seguridad o la seguridad de sus hijos.

¿Tengo que permitir el horario de crianza?

Si el maltratador es el otro padre de su hijo y tiene una orden de horario de crianza, usted tiene que obedecer la orden a menos que la cambie el juez, o la PPO diga que el maltratador no puede ver o comunicarse con su hijo.

Si la PPO no permite que el maltratador tenga ningún tipo de contacto con usted, el maltratador no podrá comunicarse con usted acerca del horario de crianza. Les puede convenir a usted y al maltratador pedirle a un tercero que les ayude a coordinar el horario de crianza. Debe ser una persona neutral que no esté involucrado en el conflicto entre usted y el maltratador. De esta manera el tercero puede comunicarse con usted sobre los temas de horario de crianza y el maltratador no violará la PPO. Por ejemplo, si el maltratador está atrasado y llegará tarde para recoger a su hijo, el tercero puede informárselo a usted. O, si el maltratador no tiene permitido estar en su casa o donde usted lo pueda ver, es posible que necesite que un tercero recoja y deje al hijo para el horario de crianza. Además, si necesita darle un mensaje al maltratador sobre el horario de crianza, puede hacerlo a través del tercero.

Si no tiene a nadie que les pueda ayudar de esta manera, es posible que el Amigo de la corte pueda sugerir otros recursos. Para encontrar el número de teléfono del Amigo de la corte en su condado, vaya a Cortes y Agencias de este sitio web.

Si quiere que el otro padre pueda comunicarse con usted directamente solo para coordinar el horario de crianza, puede pedirle a la corte que permita este contacto limitado en su Petición de PPO. Si ya tiene una PPO, puede pedirle a la corte que la modifique para permitir solo este tipo de contacto en una Moción para modificar, prolongar o dar por terminada una orden de protección personal.